viernes, 21 de diciembre de 2012

540.- MUJERES MARROQUÍES EN TRANSICIÓN ( II )




MUJERES MARROQUÍES EN TRANSICIÓN 
(segunda parte)*



por Mª Dolores López Enamorado

Mudawwana o Código de Estatuto Personal
En esta segunda parte la autora analiza principalmente la reforma de la Mudawwana o Código de Estatuto Personal y la polémica que dicha reforma ha suscitado en Marruecos entre la oligarquía religiosa y la derecha más recalcitrante

La Mudawwana marroquí y sus reformas.

Es precisamente en este terreno donde se ha concentrado el debate. En ese mar de opiniones que el Plan ha generado, la cuestión que más polémica suscita es la relativa a la reforma de la Mudawwana o Código de Estatuto Personal, por todo lo que ésta conlleva en cuanto a la situación de la mujer en la vida privada y pública del país vecino. A este respecto Cristina Alberdi ha señalado:

"Reformar los códigos familiares, las leyes que han recluido a las mujeres a su trabajo tradicional y doméstico, combatir la discriminación que sufren las mujeres en el ámbito económico y social, eliminar la violencia contra las mujeres, las vejaciones que atentan contra su integridad física y contra su dignidad, lograr el acceso a los servicios de salud, a la planificación familiar y a la información, son los objetivos de las mujeres en los países del Maghreb, y son elementos clave para afrontar cualquier proyecto social de cambio y modernización "34.

Los Códigos de Estatuto Personal o Códigos de Familia son los que regulan la esfera de la vida privada en los países islámicos. Éstos se inspiran en la ley religiosa islámica (charía). En ellos es evidente el principio de autoridad del hombre sobre la mujer, reflejo de la sociedad patriarcal35en la que estos códigos están en vigor36. "Quien falta a ellos o no comparte la ideología sobre la que se sustenta, no sólo contraviene la ley, y es penalizado por ello, sino que atenta contra Dios y contra la tradición"37. En los países del Magreb el derecho moderno se aplica en materia constitucional, administrativa, comercial, bancaria y penal, mientras que el derecho de familia (es decir, los Códigos de Estatuto familiar o personal) continúa dependiendo casi exclusivamente del derecho islámico clásico38.

El Código de Estatuto Personal marroquí remonta sus orígenes al año 1957, un año después de la independencia de Marruecos39. Ese año el líder nacionalista y jefe del partido Istiqlal, Allal el-Fasi, presidió un comité encargado de redactar la primera Mudawwana o Código de Estatuto Personal. En él se condenaba a la mujer a ser menor de edad toda su vida, autorizaba la poligamia y el repudio, el derecho del hombre a la tutela legal de los hijos, el derecho a la fidelidad y obediencia de la esposa, e imponía un tutor para validar su matrimonio40. A grandes rasgos, el Código dejaba bien claro que el hombre debía ejercer la autoridad, y la mujer la sumisión.41 Este primer Código pasó por varias reformas, o mejor dicho, por varios intentos de reforma, ya que éstos no acabaron de consolidarse. Y esto fue así hasta 1992, cuando las mujeres se movilizaron aprovechando el anuncio de elecciones legislativas para el año 1993, y, unidas en la Unión de Acción Femenina, en la que estaban implicadas las principales asociaciones de mujeres de Marruecos, lanzaron una campaña para la reforma de la Mudawwana42. Un millón de firmas apoyaban las peticiones fundamentales: supresión de la poligamia, del tutor matrimonial, igualdad de derechos y obligaciones para los dos esposos, implantación del divorcio jurídico, y equiparación de la tutela de la mujer sobre los hijos. En este debate se implicaron todos los sectores políticos y sociales de Marruecos. Los islamistas radicalizaron sus protestas contra la reforma de la Mudawwana. Cuando la polémica alcanzó su punto álgido, el rey intervino. El 20 de agostode 1992 se dirigió en un discurso a las militantes feministas, y sus palabras acallaron de un golpe las voces de las mujeres:

He oído y escuchado tus quejas en relación a la Mudawana o a la aplicación de ésta. Que sepas, Mi querida hija, mujer marroquí, que la Mudawana es un asunto de Mi incumbencia. Es a Mí a quien corresponde la responsabilidad de la Mudawana o de su no-aplicación. Dirígete a Mí. Guárdate de mezclar, durante la campaña del referéndum y de las campañas electorales que la seguirán, lo que corresponde al ámbito de tu religión y lo que pertenece a lo temporal y lo político...

Mujer marroquí, dirígete a Mí, escribe al Gabinete Real. Asociaciones femeninas, dirigid vuestras observaciones, vuestras críticas, quejas, y todo lo que os parezca que perjudica a la mujer y a su futuro, al Rey de Marruecos, que en tanto que Comendador de los Creyentes, tiene competencia para aplicar el último versículo revelado al Profeta -la Bendición de Dios caiga sobre él:

Hoy he hecho vuestra religión perfecta. He concluido Mi gracia sobre vosotros"43.


El 17 de septiembre de ese mismo año, la Asamblea Democrática de Mujeres Marroquíes presentó al Rey un informe en el que se planteaban los puntos a reformar del Código de Estatuto Personal.44 Pocos días después, el 29 de septiembre de 1992, Hasán II se reunió con las representantes de las asociaciones de mujeres de Marruecos. En el discurso pronunciado en esa reunión el rey reconoce:

Hay, ciertamente, obstáculos que impiden a la mujer marroquí disfrutar de la tranquilidad y de la libertad del ejercicio de sus derechos (...) Yo quiero que la mujer marroquí -y esto no puede hacerse en una o dos semanas, no al menos en un año, ya que se trata de la aplicación de los textos- pueda vivir en la tranquilidad y que pueda manifestarlo, tanto dentro del país como en el extranjero y que las legislaciones a su favor se tomen como modelo yejemplo a seguir.

(...)

Es por ello por lo que reuniré a un grupo de ulemas a los que pediré que Me preparen una propuesta y que Me hagan sugerencias sobre los puntos que recogen vuestros informes, y si las dos partes llegan a ponerse de acuerdo, Nosotros procederemos entonces a las enmiendas necesarias de los artículos de la Mudawwana con el fin de llegar a una mejor situación. Si no hay acuerdo, no os volveréis a reunir, porque yo no quiero que se diga que el hombre se ha levantado contra la mujer y que un conflicto ha estallado en el seno de la sociedad marroquí por el hecho de que una desavenencia opone al hombre y a la mujer. Esta situación ha de ser evitada, ya que la conmoción afectará a nuestros niños.

Si no llegáis a un acuerdo, Yo asumiré entonces Mis responsabilidades en cuanto Comendador de los Creyentes y padre de familia, pero sobre todo en cuanto Comendador de los Creyentes que respeta la religión y la Sunna45.


En septiembre de 199346se hicieron públicas las reformas, elaboradas por los ulemas (teólogos y juristas del Islam) y ratificadas por el Rey. Con ello quedaba claro que las reformas eran competencia de la religión, y no de la sociedad civil o de los políticos. Las enmiendas realizadas, a grandes rasgos, fueron las siguientes:

- Respecto al tutor matrimonial, la mujer huérfana, divorciada o viuda puede casarse sin tener tutor. La que tiene padre debe tener su autorización.

- Las mujeres que enviudan pueden tener la tutela de los hijos.

- El marido tiene que informar a la primera mujer de su intención de casarse con una segunda, e informar a la segunda de la existencia de la primera.

- La mujer no pierde el derecho a la custodia de sus hijos cuando contrae un nuevo matrimonio. Los hijos pueden elegir con cuál de sus progenitores desean vivir cuando cumplan 12 años en el caso de los niños, y 15 en el de las niñas.

- Hasta la reforma el hombre podía repudiar a la mujer aun sin que ella lo supiera. La enmienda obliga al hombre a tener una autorización del juez para tener el divorcio, y éste no la otorga hasta que no se han hecho varios intentos de reconciliación de la pareja.

Las enmiendas, que seguían siendo discriminatorias, decepcionaron a las mujeres de Marruecos, pues estaban muy lejos de las reivindicaciones que ellas habían hecho. Pero lo más importante es que abrieron el camino de las reformas; es decir, los cambios, por pequeños que fueran, desacralizaron la Mudawwana, que era considerada hasta entonces inamovible. Señala al respecto F. Zahra Tamouh, miembro de la Unión de Acción Femenina:"Lo más relevante de dicha reforma ha sido el hecho de que haya sido modificado un texto que se consideraba inalterable"47.


Las mujeres marroquíes siguieron reivindicando cambios. Y el Plan de Acción para la Integración de la Mujer al Desarrollo los recogió. Sin duda reformar la Mudawwana no parece, en principio tarea fácil. Además, ¿a quién corresponde su reforma? ¿Al gobierno? ¿A las autoridades religiosas? Realmente éste y otros códigos de familia no sólo son ley: son costumbres muy arraigadas en la sociedad que se convierten en leyes legitimadas por la religión. Los juristas y los ulemas, guardianes de los principios islámicos en el derecho marroquí, se niegan a reformarla por considerarla un texto inamovible. Los políticos de corte moderno alegan que Marruecos ha contraído diversos compromisos en foros internacionales que obligan a este país a subirse al carro de la modernidad, y, por tanto, a reformar leyes caducas, opresivas, discriminatorias y, sobre todo, que relegan a la mujer a un segundo plano. Los islamistas han expresado su protesta, y han calificado el plan con adjetivos nada halagüeños. El otro peso importante en este debate está constituido por un importantísimo número de asociaciones de diferente orientación, con una considerable influencia sobre diversos sectores de la sociedad, que defienden la reforma del Código. En ocasiones prima la pasión sobre la reflexión; en otras la opinión parte de un análisis exhaustivo de la realidad circundante. En todo caso la polémica está servida. Y, hasta que se decida si se acepta o no el Plan de Integración, al menos todo esto está sirviendo para que la sociedad marroquí se embarque en un debate sobre la situación de las mujeres que hubiera sido impensable hace unos años.

La Mudawwana y el Plan de Acción.

Centrándonos en la Mudawwana48, las medidas propuestas por el nuevo Plan de 1999, relativas a este Código de Estatuto Personal, están ordenadas en 14 puntos, de los que extraigo los fundamentales:

1. Se propone elevar la edad de matrimonio a 18 años para las chicas, conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño, que Marruecos ratificó en junio de 1993.

2. Supresión de tutor matrimonial para las chicas mayores de edad, que podrán contraer matrimonio sin la intervención de éste

3. Supresión del repudio e instauración del divorcio judicial como única forma de romper el matrimonio. Éste podrá ser solicitado por cualquiera de ambos cónyuges, o de común acuerdo.

4. Supresión de la poligamia. Cualquier excepción a esto habrá de ser sometido al consentimiento de la primera esposa y a la decisión del juez.

5. Obligación de que la edad de custodia para los niños sea la misma, 15 años, independientemente de su sexo. En el Código vigente, este artículo señala: "La custodia dura, en el caso del varón, hasta los doce años y, en el caso de la mujer, hasta los 15. Desde esta edad el custodiado puede elegir residir con quien quiera, bien con su padre o con su madre o con cualquiera de los parientes indicados en el artículo 99'. De todas formas, este artículo 102 ya había sido modificado en la reforma parcial de la Mudawwana, hecha a través del decreto 1-93-347, en 1993. Hasta ese año la redacción era la siguiente: "La custodia dura, en el caso de la mujer, hasta la consumación del matrimonio y, en el caso del varón, hasta la pubertad"49.

6. El hecho de que la mujer divorciada vuelva a casarse no la hace perder su derecho a la custodia de sus hijos.

7. En caso de divorcio, la mujer tiene derecho a la mitad de los bienes adquiridos durante el matrimonio, a los que tiene derecho por haber contribuido a ellos con su trabajo, sea éste doméstico o asalariado.

8. Crear tribunales de familia, jueces y auxiliares de justicia especializados en estas materias, y reconocer a las mujeres jueces el derecho de legislar en materia de Estatuto Personal50.

Datos para una polémica: defensores y detractores del Plan.

De estos puntos hay algunos realmente controvertidos de cara a los sectores más conservadores de la realidad marroquí. Son los relativos a la abolición de la poligamia y el repudio, la supresión del tutor matrimonial y el que señala el derecho de la mujer al reparto equitativo de los bienes en caso de divorcio. Los islamistas defienden que estos puntos no deben ser sometidos a ningún tipo de reforma ni debate, ya que los textos sagrados que abordan estas cuestiones, el Corán y la Sunna, regulan estos aspectos sin lugar a discusión y sin margen alguno para la interpretación. Respecto a los otros puntos en la reforma de la Mudawwana, un importante sector de los detractores del Plan parece estar más abiertos al debate, aunque pone una sola condición: que las reformas sean estudiadas y aprobadas por los ulemas. Las mujeres islamistas juegan también un importante papel en este debate. Ellas defienden la necesidad de mejoras para la mujer, pero hechas desde el respeto a los principios fundamentales de la religión51. Creo, en este sentido, que las mujeres tienen mucho que decir, y que se está dando realmente una revolución bajo el velo. Por el contrario, algún que otro diputado del islamista Partido de la Justicia y el Desarrollo ha declarado públicamente la oposición de su partido a la totalidad del Plan.

En la oposición al Plan se dan cita asociaciones islamistas, ulemas52, el mencionado Partido de la Justicia y el Desarrollo, y el Movimiento de la Unicidad y la Reforma. Entre los que se opusieron al Plan también se encontraban representantes de los llamados sectores modernistas, como Áhmed Forkani, presidente de la Liga Nacional de la Defensa de la Familia y miembro del partido del gobierno (USFP)53.Entre sus acciones destacan los mítines, el reparto de cintas grabadas con sus alegatos, la recogida de firmas en lugares públicos, a la salida de las mezquitas, en los cafés, haciendo campaña puerta a puerta, campañas masivas de información, bloqueo de las asambleas de los partidarios de las reformas y de las reuniones de información organizadas por éstos...54 Por poner un ejemplo, a principios del año 2000 un grupo de mujeres con velo reventaba una reunión del Fórum Nacional de Solidaridad Femenina lanzando proclamas a favor de la ley coránica55. Según algunos islamistas el Plan ha sido preparado por "feministas manipuladas por una fuerza occidental exterior que trata de perjudicar al Islam a través de la desestabilización de la familia"56. El diputado islamista Mustafa Ramid alegaba en la Cámara de Representantes del 19 de enero de 2000: "¡Aquellos que niegan a los imames el derecho a expresarse sobre el plan de integración de la mujer son los mismos que defienden los vestigios de la sensibilidad comunista! ¡Los que no han tocado nunca con sus pies el suelo de las mezquitas!"57Ciertos sectores de la prensa y los púlpitos de las mezquitas han servido también como magníficos lugares para la campaña anti-Plan.

Sin embargo, amplios sectores de población defienden el Plan en su totalidad. Estos sectores han movilizado a la opinión pública a través de numerosas peticiones de apoyo. Frente al discurso conservador y tradicionalista, los defensores del Plan y un amplio sector de la sociedad se han unido en dos frentes diferentes: la "Red de apoyo y de puesta en marcha del plan de acción", que agrupa a numerosas personalidades y casi 200 asociaciones feministas y de defensa de los derechos humanos; y el "Frente para la defensa de los derechos de las mujeres marroquíes", que se constituye en torno a personalidades políticas de la izquierda y del mundo sindical. Ambos grupos consideran el Plan como "el mínimo vital para preparar una integración real de las mujeres en el desarrollo"58. Los defensores del Plan han tratado de desacreditar a los islamistas, despojándolos de sus argumentos religiosos.

Incluso en el propio Gobierno encontramos disparidades considerables: el Ministro de Habús y Asuntos Islámicos, Abdelkabir Alaoui Mdagri, se ha declarado opuesto al Plan. Un plan que ha partido del propio gobierno en el que él tiene cartera. A través de la Liga de Ulemas de Marruecos, este ministro hizo público un comunicado, tan sólo un mes después de la presentación oficial del Plan, en el que argumentaba que el proyecto "pone fin a la institución del matrimonio, autoriza la depravación moral, la desintegración de la familia y la propagación de la prostitución, etc."59.En diferentes sesiones de la Cámara de representantes se han cruzado acusaciones de todo tipo. El Primer Ministro Abderrahmán Yúsufi, para quien el Plan de Integración es su verdadero caballo de batalla, ha sido contemporizador, y, tratando de mediar entre los diferentes sectores implicados en la polémica, ha fomentado la creación de una comisión ministerial para el estudio del Plan de Integración, tratando de que las partes enfrentadas lleguen a un consenso, especialmente en el tema candente de la reforma del Código de Estatuto Personal. Finalmente anunció que el texto consensuado sería sometido al arbitraje del Rey, como Príncipe de los Creyentes.

La prensa ha sido el principal vehículo difusor de las líneas directrices del controvertido debate. La implicación de la sociedad marroquí en toda esta polémica quedó ampliamente demostrada el 12 de marzo de 2000, día en el que por las calles de Rabat se manifestaron mujeres progresistas, de diversa condición, situación y origen, desbordando, sin duda, las previsiones de los organizadores. Así, lo que en principio se planteaba como una manifestación para defender los derechos de las mujeres, acabó polarizándose hacia un solo tema: la defensa a ultranza del Plan. El número de participantes en esta manifestación oscila, como suele ocurrir, según las fuentes que facilitan la información. Los organizadores hablan de un millón; los medios de comunicación se mueven entre 100.00060y 700.000.

Pero no fue esa la única manifestación que recorrió las calles de Marruecos el 12 de marzo de 2000. Ese mismo día las calles de Casablanca se llenaron de manifestantes bajo un mismo lema: sí a la promoción de la mujer; no rotundo al Plan.Esta manifestación había sido convocada por dos organizaciones islamistas: el moderado Partido de la Justicia y el Desarrollo, con representación parlamentaria, y el radical Justicia y Espiritualidad, no reconocido oficialmente61. Nuevamente la guerra de cifras se hace patente: los organizadores calculan un millón de participantes en la manifestación de Casablanca, mientras que los medios oscilan entre las mismas cifras indicadas anteriormente.

Dos manifestaciones autorizadas, dos ciudades, dos opiniones, dos mensajes, dos polos opuestos, y en ambos mujeres que defienden sus derechos desde puntos de vista encontrados. El 12 de marzo de 2000 fue, sin duda, el día de las reivindicaciones femeninas por excelencia, fueran éstas del signo que fueran. Y el Plan de Acción ha sido el detonante de la discordia y de una fractura social y política cuyo alcance aún no podemos predecir. Poco tiempo después, elPrimer Ministro Abderrahmán Yúsufi anunció la composición de un Comité Consultivo para analizar diferentes cuestiones relativas al Plan de Acción. Este Comité lo formaban 20 personas, de las cuales cinco eran mujeres: Lalla Fátima Zohra, Presidenta de la Unión Nacional de Mujeres Marroquíes; Rahma Bourqía, Profesora y Decana de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas de Mohammedía; Farida Bennani, Profesora de la Facultad de Ciencias Jurídicas. Políticas ySociales de Marrakech; Malika El Mezdali, Jueza y Presidenta de una Cámara en la Corte Suprema; y Amina Ouahhabi Lemrini, Inspectora de enseñanza secundaria en Rabat62.

Conclusión

El Plan está, por el momento, paralizado. Las esperanzas están cifradas en este nuevo gobierno formado tras las elecciones legislativas del año 2002.

Marruecos necesita las reformas para entrar en la modernidad. El que un importante número de mujeres tenga acceso a la educación universitaria es importante. Ellas son parte fundamental en el desarrollo futuro de Marruecos. Modernas, progresistas, independientes... Ellas están hoy escolarizadas, planifican el número de hijos que desean tener, eligen con libertad a sus parejas, ocupan puestos de poder, exigen respeto, retrasan su matrimonio hasta que acaban sus estudios universitarios, buscan una independencia económica... Pero su presencia no puede ni debe ocultar la otra cara de la realidad de las mujeres de ese país: invisible para su entorno, recluida en el hogar, avasallada por la estructura patriarcal, condenada al analfabetismo, la marginación, la explotación, en una situación de inferioridad en la que ella no es la dueña de su vida, ya que ésta pertenece a su padre o a su esposo... Todos estos rasgos van indisolublemente unidos a la vida de un amplísimo sector de las niñas y mujeres de Marruecos. Ellas no tienen voz en los medios de comunicación. Pero están ahí. Conservadurismo o reformismo. Tradición y modernidad. Pobreza y riqueza. Sea como sea, ojalá en este Marruecos en transición mejorar la situación de las mujeres sea objetivo prioritario.

María Dolores López Enamorado (Universidad de Sevilla)

Notas

* Este trabajo ha sido publicado también en: Ana Torresy Rocío Velasco de Castro (eds.), El Magreb hoy: Estudios sobre historia, sociedad y cultura, Sevilla: Alfar-Ixbilia, 2003, pp.59-85.

34) Prólogo de Cristina Alberdi, en Gema Martín Muñoz (ed.) Mujeres, democracia y desarrollo en el Magreb. Madrid: Editorial Pablo Iglesias 1995, p. IX.

35) Señala Gema Martín que el orden patriarcal en el mundo árabe está sacralizado "por medio del vínculo que se ha establecido entre islam e identidad cultural". Ver G. Martín Muñoz, "La igualdad entre los sexos y la cuestión de los derechos humanos y del ciudadano en el Mundo Árabe", en: Gema MartínMuñoz (ed.), Mujeres, democracia... p.3.

36) Ver el amplísimo estudio comparado y análisis de todos los códigos de familia en los países árabes en: Caridad Ruiz-Almodóvar, "El derecho de familia en los países árabes", en Mercedes del Amo (ed.), El imaginario..., pp 143-195. Ver para los Códigos de Familia en Marruecos, Argelia y Túnez (los países del Magreb) así como para un análisis comparado y detallado de sus principales artículos. Ángeles Ramírez, op. cit., pp. 56-62.

37) Ángeles Ramírez, op. cit., p.53.

38) Ver Alya Cherif Chamari. "La situación jurídica de la mujer en Túnez", en: Gema Martín Muñoz (ed.),Mujeres, democracia..., p.39.

39) Yolanda Aixelá, Mujeres en Marruecos..., pp. 182-184, analiza la Mudawwana, sus bases, modificaciones y los derechos y deberes de las mujeres en ella. Otro interesante estudio sobre la Mudawwana y el derecho de familia marroquí en: Malika Benradi, "El derecho de familia en Marruecos y su repercusión en el estatuto jurídico de las mujeres", en: María Ángeles Roque (dir.), Mujer y Migración en el Mediterráneo occidental, Barcelona: Icaria, 2000. pp. 91-125. La reforma del código de familia marroquí es también analizada en profundidad por Carmen Gómez Camarero, "Algunas cuestiones en torno a la reforma de la Mudawwana, Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos, 45 (1996), pp. 49-73.

40) Según Najia Zirari, "Le statut des femmes au Maroc: un éternel recommencement", Confluences Mediterranée, 33 (primavera 2000), en:http://www.ifrance.com/Confluences/Textes/33zirari.htm "C’était donc une simple codification du rite jurique malékite malgré les directives dones par asan II, prince héritier à l’époque, qui voualait un retiour aux textes originaux, le Coran et la Sunna, pour proudire une législation visant la consolidation des fondements sociaux sur lesques vit le Moroc du XXe siècle".Señala al respecto Ángeles Ramírez, op. cit., p. 54: "Según este modelo, la mujer musulmana no sólo es eternamente menor de edad ante los miembros varones de su familia, incluidos sus propios hijos, sino que lo es ante cualquier miembro varón de la comunidad musulmana, que es susceptible de convertirse en su tutor".

41) Ver al respecto el texto de Allal-el-Fasi relativo a los derechos civiles de las mujeres que se incluye en Ángeles Ramírez, op.cit., pp. 357-361. Para Gema Martínez la nafaqa consolida y da sentido a todo esto.: "De hecho la nafaqa consagra la división sexual del trabajo e infantiliza a la mujer colocándola bajo la protección económica y la dependencia del marido. Por un lado, marca la separación entre el espacio público y el doméstico, obstaculizando el libre acceso de a mujer al mundo del trabajo asalariado. Por otro, convierte a la esposa en una menor temerosa de la capacidad del esposo a recurrir sin trabas edl divorcio o el repudio, como permite frecuentemente la ley". G. Martín Muñoz, "La igualdad entre los sexos y la cuestión de los derechos humanos y del ciudadano en el Mundo Árabe", en: Gema Martín Muñoz (ed), Mujeres, democracia... p.4.

42) Ver el análisis que hace una protagonista de los acontecimientos que llevaron a la reforma de 1993, miembro de la Unión de Acción Femenina en: F. Zahra Tamouth. "Democracia en femenino. De la democracia política a la democracia familiar en Marruecos", en Gema Martín Muñoz (ed), Ibíd…., pp.61-70.

43) Texto del discurso en: Ángeles Ramírez, op. Cit., p. 365. También en Caridad Ruiz de Almodóvar. "El código marroquí de estatuto personal y su reforma de 1993", en Gema Martín Muñoz (ed), Ibíd., pp. 29-30.

44) Texto en Ángeles Ramírez, op. Cit., pp. 371-373.

45) Texto completo del discurso en: Ibíd., pp. 366-368

46) Para un análisis exhaustivo de los cambios de la Mudawwana marroquí en 1993, Caridad Ruiz de Almodóvar. "El código marroquí de estatuto personal y su reforma de 1993", en Gema Martín Muñoz (ed), Mujeres, democracia…, pp. 29-35.

47) F. Zahra Tamouth, op, cit., pp. 65

48) Ver el texto complete de la Mudawwana marroquí en vigor, con todas las modificaciones, incluida la de Caridad Ruiz Almodóvar, "El Código marroquí de Estatuto Personal", en C. Pérez Beltrán y C. Ruiz Almodóvar,"El Magreb. Coordenadas socioculturales. Granada: Universidad, 1995. pp. 413-485.

49) Ruiz-Almodovar4, "El código…", pp. 42-43.

50) Señala Leila Chafai, "Las mujeres…" que "La mujer puede ser juez, pero el porcentaje no adelanta el 11,6%".

51) En este sentido, es muy interesante el trabajo de Gema MartínMuñoz. "Mujeres islamistas…", en: Mercedes del Amo (ed.), El Imaginario…, pp. 75-89. Sobre el velo (hiyab) y sus diferentes interpretaciones, remito, entre otros muchos trabajos, y a modo de síntesis, a: Yolanda Aixelá, Mujeres en Marruecos…, pp. 264-269,así como a las diferentes obras de Fátima Mernissi, que, en mi opinión, aclaran muchos puntos relativos al uso de esta prenda y son un buen punto de partida para el debate.

52) La Liga de Ulemas de Marruecos (27 de mayo de 1999) y la Asociación de Ulemas de Dar al-Hadiz al-Hassaniyya (20 de junio de 1999)han denunciado las disposiciones del Plan que consideran en contradicción con los preceptos del Islam.Ver "Le ministre des Habous et le plan", en el "Dossier spécial : d’intégration de la femme au développement : http://www.central.co.ma/zoo/01/art06.asp.En junio de 1999 los ulemas declaraban. « El plan denigra la jurisprudencia islámica y amenaza la continuidad de la religión musulmana con disposiciones hostiles a las fuentes de la religión consagradas en el Corán y en la tradición". Javier Espinosa, "Los integristas marroquíes desafían a Yusifi", El Mundo, 27.1.2000.

53) ManuelLorenzo Villar, "Mohamed VI, Yussufi y Marruecos. ¿Un solo destino?", en: http://www.izquierda-unida.es/Publicaciones/PUEBLOS/numero=2/pueblos02/

54) Najia Zirari, op.cit. Ver también Javier Espinosa, op. Cit.

55) Javier Espinosa, Ibíd.

56) Najia Zirari, op. cit.

57) Javier Espinosa, op. cit

58) Najia Zirari, op. cit.

59) Ibíd.

60) Esta (100.000) es la cifra que se da en El País: Pedro Canales, "Centenares de miles de marroquíes exigen un cambio en la sociedad", El País, 13 de marzo de 2000.

61) Ibíd. La cifra que este periódico da para la manifestación de Casablanca es de 300.000. Manuel Lorenzo Villar, "Mohamed VI, Yusufi…", da como cifra 500.000 personas en la manifestación de Casablanca.

62) Fuente:http://www.marrocaine.com/news/news2000/news9.htm

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